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Terminación de los contratos de seguro.

¿Qué dice la ley?

disposiciones generales

¿Podemos desistir de un contrato de seguro?

Los plazos que se indican a continuación solo son válidos para un desistimiento , es decir, la cancelación de un nuevo contrato de seguro.

En este caso, la ley autoriza al consumidor a desistir y, por lo tanto, a dejar de suscribir este seguro en el plazo de 14 días para los seguros "No Vida" y de 30 días para los seguros "Vida", y esto, a partir de la fecha de firma del el contrato o la recepción de la información contractual.

Para evitar cualquier disputa, recomendamos comunicar este desistimiento por escrito con acuse de recibo. También puede enviar esta solicitud por fax o correo electrónico, cuidando de conservar el comprobante de envío .

¿Cuándo se puede rescindir un contrato de seguro vigente?

La mayoría de los contratos de seguros se establecen por 1 año y se renuevan automáticamente de año en año.  

Desde el 1 de enero de 2016 y en el caso de que desee rescindir un contrato de seguro, por cualquier motivo, es imprescindible enviar esta solicitud de rescisión al menos 1 mes (30 días) antes de la fecha de renovación de su contrato.

Este plazo obligatorio está recogido en la "Ley del Contrato de Seguro" BOE 50/180, de 08 de octubre.

El artículo 22 de esta ley especifica:

1. La duración del contrato vendrá determinada en la póliza, que no podrá fijar un plazo superior a 10 años. No obstante, se podrá establecer una prórroga de una o más veces por un plazo no superior a 1 año para cada renovación.

2. Las partes podrán oponerse a la prórroga del contrato mediante notificación escrita a la otra parte, realizada en un plazo mínimo de 1 mes antes de la conclusión del período de seguro en curso cuando quien se opone a la prórroga sea el arrendatario, y 2 meses cuando es la aseguradora.

3. El asegurador deberá comunicar al tomador del seguro, al menos dos meses antes de la conclusión del período en curso, cualquier modificación del contrato de seguro.

4. Las condiciones y plazos para la oposición a la prórroga de cada parte, o su inoponibilidad, se pactarán en la póliza.
5. Lo dispuesto en los apartados anteriores no será de aplicación cuando sea incompatible con la normativa de seguros de vida.

¿Cómo solicito la terminación de mi contrato de seguro?

¡Una llamada telefónica no es suficiente! 

Se recomienda rescindir su contrato de seguro por escrito y con acuse de recibo.

 

Esto se puede hacer por correo certificado con acuse de recibo, pero también por fax o correo electrónico a los servicios correspondientes, asegurándose de conservar el comprobante de envío en caso de disputa de la compañía de seguros.

Una vez que haya enviado esta cancelación en regla, también le recomendamos que elimine la domiciliación  en curso para el pago de este seguro, a fin de evitar un error lamentable y demorar varios meses antes de recuperar la prima indebidamente deducida.

Una plantilla de carta de terminación "estándar" está disponible aquí .

También asegúrese de adjuntar una copia de su documento de identidad para respaldar su solicitud.

Particularidad de los contratos de seguro vinculados a un préstamo hipotecario!

ATENCIÓN

Las normas hipotecarias solo exigen contratar un seguro de hogar y/o daños, sin embargo, es habitual que los bancos comercialicen un seguro de vida a prima única que se incluye en el capital del préstamo.

Por otro lado, no es obligatorio contratar este seguro con la entidad financiera con la que estás realizando tu préstamo. Por lo tanto, puede elegir libremente la compañía de seguros que desee, siempre que el valor de la garantía que cubre la propiedad sea al menos equivalente al valor estimado de la propiedad.

 

Será necesario informar a la aseguradora de que el inmueble está vinculado a un contrato de préstamo hipotecario e informar a la entidad financiera, que recibirá un certificado de la aseguradora para tener la garantía de cobertura del inmueble.

Respecto a la resolución de este tipo de contratos, deberá tener en cuenta las eventuales “bonificaciones” vinculadas a la suscripción de estos seguros con la entidad financiera.

Efectivamente, aunque el precio de este seguro suele ser más elevado, la entidad financiera con la que contrataste tu préstamo hipotecario sin duda te habrá "ofrecido" una rebaja en el tipo si contratas con ella tu seguro de hogar y/o de vida. 

Es por tanto un cálculo a realizar para ver si la reducción de tarifas de la que podrías beneficiarte compensa la diferencia en la prima del seguro. (Sin mencionar los servicios relacionados con estos seguros)

También se recomienda, en caso de extinción de un contrato de seguro vinculado a un préstamo hipotecario, realizar esta solicitud al menos 60 días antes de la finalización del contrato de seguro y obtener el consentimiento de la entidad financiera. Este último deberá darte normalmente su conformidad siempre que puedas acreditar la continuidad de la buena cobertura del inmueble y su participación como prestamista.

¿Qué pasa con la venta de la propiedad?

En caso de venta de un bien asegurado, como un automóvil o una casa, es bueno saber que su compañía de seguros no rescindirá su contrato antes de la fecha de vencimiento anual, ni le reembolsará la prorrata de la prima ya pagada. . .

¿Qué podemos hacer entonces?

1) Transferir el seguro al nuevo propietario del inmueble. 

Para hacer esto, deberá comunicarse con su compañía de seguros (dentro de los 8 días) e informarles que ha vendido la propiedad en cuestión. Deberá proporcionar la información del nuevo propietario.
La empresa estudiará el perfil del nuevo titular y propondrá la continuación de la póliza de seguro, o una modificación del precio y/o garantías.

Deberá solicitar al nuevo propietario la parte de la prima correspondiente a la prima restante del contrato actual.

 

En el caso de que la compañía de seguros no quiera asegurar al nuevo propietario del inmueble, corresponderá por tanto a la compañía resolver el contrato y reembolsarle la parte proporcional de la prima.

2) Modificar los datos del activo.
Si vende su propiedad y compra otra (Auto - Casa, etc.), puede notificar a su empresa de este cambio de propiedad y su contrato continuará con las mismas fechas que antes, pero cubriendo su nueva propiedad. Es posible una diferencia de precio al alza o a la baja dependiendo de la nueva propiedad que esté asegurando.

Fuente: BOE 50/180

Fecha de creación de este artículo: 04/05/2021

 

¡Te ayudamos!

En NLexperts Assurances, nos encargamos de dar por terminados tus contratos antiguos. Realizamos los trámites administrativos necesarios y almacenamos las pruebas para evitar futuras disputas.

Consideramos que esto es una parte integral de los servicios que debemos ofrecer a nuestros clientes.

No dude en ponerse en contacto con nosotros para cualquier información adicional.

Seguros NLexperts

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